Regulación:
Art 24 Ter del Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril, de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Beneficiarios de la bonificación:
Grupos I, II y III del artículo 20 a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
> Descendientes y adoptados.
> Cónyuges, ascendientes y adoptantes.
> Hermanos y sobrinos.
> Suegros e hijos sólo del otro cónyuge.