Juramento o promesa de nacionalidad

Javier Jiménez Cerrajería. 

Notario

Avenida de Las Playas 7, planta 1, Local 11 (Edificio Soco)

Puerto del Carmen (Tías) 35510

jjimenez@notariado.org 

T-928 84 13 70

¿Puedo formular ante Notario el juramento o promesa para adquirir la nacionalidad española? 

En la actualidad, tras la entrada en vigor de la Ley 6/2021, de 28 de abril, las declaraciones de voluntad en materia de nacionalidad y vecindad civil, pueden formularse ante Notario. (art. 68.3 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, modificado por Ley 6/2021, de 28 de abril) .

Por tanto, si usted ha obtenido resolución favorable de concesión de la nacionalidad española podrá acudir a nuestra notaria a los efectos formular el juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes, así como en su caso, la renuncia a su actual nacionalidad.

A estos efectos podrá solicitar cita en nuestra notaria bien de forma telefónica o bien en nuestra dirección de correo electrónico jjimenez@notariado.org, indicando el asunto "jura o promesa de nacionalidad" e indicando su nombre, apellidos, número de identificación de extranjero, teléfono de contacto y copia de documentación necesaria para tramitar el expediente.

Plazo: El interesado deberá solicitar cita para la formular el juramento o promesa para adquirir la nacionalidad española en el plazo de 180 días a contar desde la notificación de la resolución favorable para de concesión de la nacionalidad.

¿Ante que notario puedo formalizar el juramento o promesa para adquirir la nacionalidad? 

¿Ante que notario puedo formalizar la jura o promesa? 

¿Que ocurre si he cambiado de domicilio tras la iniciación del expediente? 

¿Qué documentación tengo que aportar al Notario?