Declaraciones y ampliaciones de obra 

Javier Jiménez Cerrajería. 

Notario

Avenida de Las Playas 7, planta 1, Local 11 (Edificio Soco)

Puerto del Carmen (Tías) 35510

jjimenez@notariado.org 

T-928 84 13 70

Cuando en un terreno se ha construido una edificación o se han realizado plantaciones, para  que las mimas aparezcan reflejadas en la descripción del terreno que consta en la   Escritura (título de propiedad) y en el Registro de la propiedad, es necesario la formalización ante Notario un documento denominado “declaración de obra nuevay proceder a la inscripción del mismo en el Registro de la propiedad, a fin de que dicho registro también publique la nueva descripción del terreno en la que se incluya ya la edificación o las plantaciones existentes sobre el mismo.

En consecuencia, la obra nueva es la constatación jurídica de la existencia y descripción de una edificación o una plantación en un terreno. Tiene un valor declarativo de la existencia de la edificación o la plantación, ya que simplemente  declara en la esfera jurídica lo que ya existe en la realidad construido o plantado en el terreno, es decir, la edificación o las plantaciones existentes sobre el mismo.-

Clases de declaraciones de obra nueva

¿Tengo que pagar impuestos por formalizar de escritura de declaración de obra nueva? 

Declaración o ampliación de obras construidas con licencia urbanística.

Documentación necesaria para otorgar la escritura de declaración de obra ejecutada con licencia

¿Y sí la edificación se construyó sin licencia de obras? 

Documentación necesaria para otorgar la escritura de declaración  obra ejecutada sin licencia.

¿Qué es la georreferenciación de la vivienda? 

La porción de suelo ocupada por cualquier edificación, instalación o plantación, así como el terreno sobre el que está construida la obra o efectuada la plantación,  deberá estar  identificada mediante sus coordenadas de referenciación geográfica (formato UTM) que pueden  obtenerse de la certificación catastral descriptiva y gráfica de la finca o si la edificación no coincide con la descripción de la misma que obra en el catastro, será necesaria la presentación de un georreferenciación de la superficie de suelo ocupada por la edificación alternativa a la castastral expedida y suscrita por un técnico habilitado legalmente cuya firma deberá estar legitimada ante notario.

Cuando la superficie de  la parcela sobre la que está construida la obra no coincida con la que consta en la certificación catastral descriptiva y gráfica de la finca será también conveniente la presentación de la georreferenciación de la parcela alternativa a la catastral igualmente expedida y suscrita por técnico competente con firma legitimada notarialmente. 

En la georreferenciación alterantiva  a la catastral tanto de la obra como de la parcela el técnico deberá expresar: 

1.- Fecha de su realización.- 

2.- Datos del solicitante.

3.- Metodología utilizada. 

4.- Datos de identificación de las parcelas catastrales afectadas. 

5.- La representación gráfica de cada una de las parcelas resultantes y el listado de coordenadas georreferenciadas de sus vértices. 

6.- Declaración del técnico que suscribe el proyecto,  en la que haga constar bajo su responsabilidad los siguiente extremos: 

     a.- El cumplimiento de las especificaciones técnicas previstas en las citadas resoluciones.

     b.- Que el trabajo se ha realizado cumpliendo la metodología especificada. 

     c.- No estar incurso en causa que impide o limite el legítimo ejercicio de su profesión o en causa legal de incompatibilidad para el mismo. 

   d.- El cumplimiento de los requisitos técnicos de metodología de elaboración, sistema de georreferenciación, topología, representación sobre la cartografía catastral y precisión métrica. 

  También deberá aportarse  informe  ubicación de las edificaciones y en su caso, el informe de validación gráfica de la georrefenciación alternativa de la parcela sobre la que está construida la obra,  obtenido por el técnico en la sede electrónica del catastro https://www.sedecatastro.gob.es/ 

¿Puedo declarar la existencia de la obra cuando está  aún en construcción? 

Obra nueva en construcción.- 

Acreditación de finalización de la obra en construcción: acta de finalización de obra

Cuando se finaliza la construcción de la una obra que ha sido declarada como obra nueva en construcción, será necesario, hacer constar la finalización de dicha obra, mediante el otorgamiento de un acta notarial de finalización de obra y la inscripción de la misma en Registro de la propiedad, con el fin de que en el título de propiedad y en el registro la obra ya no conste como en construcción, sino como terminada.-

Si desea información sobre la documentación necesaria para formalizar un acta de finalización de obra , puede solicitar cita en nuestra notaria  telefónicamente o a través de nuestra dirección de correo electrónico

T- 928 84 13  70

jjimenez@notariado.org